Servicios Psico-Sociales.
La organización trabaja con una población de alto riesgo por ser madres y padres adolescentes desertores escolares. Con el propósito de cubrir efectivamente las necesidades de estas familias en riesgo, la institución cuenta con un equipo de servicio de apoyo compuesto por profesionales internos y externos. El equipo interno psicosocial está compuesto por trabajadores sociales con bachillerato y maestría y por doctores en psicología clínica (externos). Estos profesionales tienen a su cargo el desarrollo y supervisión diaria de los Planes de Manejo Familiar (PMF).
La institución pretende que cada servicio vaya dirigido al fortalecimiento familiar, toma de decisiones asertivas, crecimiento personal y cuido responsable de sus hijos(as). Como parte de los servicios, se ofrecen constantemente charlas educativas a los participantes sobre temas variados y de importancia tales como: relaciones de pareja, maternidad y paternidad responsable, maltrato de menores, sexualidad responsable y otros temas pertinentes a la etapa del desarrollo y circunstancias sociales de éstos. Estas orientaciones se realizan a través de intervenciones individuales y grupales, siempre ofrecidas por profesionales en cada área.
Este equipo psicosocial realiza visitas a los hogares y hospitales, intervenciones individuales y grupales, entrevistas a colaterales y coordinación de talleres, entre otros, para ofrecer toda la orientación y seguimiento necesario a cada familia. Conocer las necesidades psicológicas de los participantes permite diseñar un plan de mejoramiento individualizado (PMI) que atiende las necesidades identificadas, de manera que se aumente la probabilidad de éxito en las personas que se benefician de los servicios ofrecidos.
Parte de los servicios psicológicos son: evaluaciones psicológicas, intervenciones terapéuticas, manejo de crisis y provisión de herramientas de manejo al personal de la institución. El equipo psicosocial lleva a cabo reuniones semanales de discusión de casos donde se evalúa a cada uno de los participantes de la organización dentro de un marco biopsicosocial y donde se diseña un PMI a cada participante. Estos planes de trabajo son revisados continuamente con el propósito de atemperarlo a los cambios que surgen en las familias de padres adolescentes.
Una de las metas es lograr desarrollar familias saludables que no sean discriminadas por razón de pobreza, educación o poca edad. Los servicios psicosociales que se ofrecen en esta institución son de ayuda, apoderamiento, educación y trabajo en equipo para las familias participantes. La función es acompañar a la familia antes que tener que referir a agencias gubernamentales. Es una meta preventiva y no punitiva. Si luego de acompañarlos y trabajar mano a mano con las familias, las mismas no responden adecuadamente y se determina que existe peligro para alguno de los miembros, se está obligado por las leyes aplicables a referir a las autoridades pertinentes.
El programa educa y adiestra a las familias de padres adolescentes sobre la importancia de cumplir con la ley y el orden y en muchas ocasiones les provee recursos. La responsabilidad ante el Estado es única y absoluta del ciudadano. Por tal razón, se orienta sobre la importancia del uso del asiento protector utilizando como base la edad del niño y de no poseer licencia de conducir (ofrecemos las clases). Es responsabilidad de la familia cumplir con la ley.
Con este propósito, todos los participantes pasan por un proceso de evaluación psicológica durante su primera semana en la organización que requiere autorización del adulto responsable si no está emancipado el participante. Este proceso de evaluación es multidimensional y provee un perfil de la conducta adaptativa y mal adaptativa de la persona evaluada a través de sus pensamientos y sentimientos.
El/la psicólogo clínico proveerá un perfil escrito del participante con la información pertinente a otras áreas de servicio con el propósito de proveer un servicio personalizado que se ajuste a las necesidades de cada participante.
De los resultados de la evaluación tener alguna escala que indique la clasificación de riesgo o clínicamente significativa, se evalúa si dicha puntuación tendrá algún efecto adverso en la ejecución académica del participante. En caso de que esto ocurra, la persona podría: (1) ser referida al Programa Hope con una carga académica ajustada, según la recomendación del/de la psicólogo o (2) ser referida a servicios psicológicos. Usualmente las personas que son referidas al Programa Hope son aquellas cuyas puntuaciones en las escalas de las pruebas administradas indican problemas que puedan interferir con su labor académica. Estas personas serán referidas a la psicóloga, quien determinará si iniciarán un proceso terapéutico.
Cualquier participante, independientemente en el momento en el que sea evaluado, que obtenga una clasificación de riesgo o clínicamente significativa, puede ser referido a servicios de terapia psicológica individual o ser ubicado en el Programa Hope con una carga académica ajustada. El/la psicólogo llevará a cabo un proceso evaluativo no estructurado, a través de una entrevista con el participante y realizará el referido cuando así lo entienda necesario.
Todos los participantes evaluados tienen un expediente separado en el que permanece el protocolo de la prueba administrada, la entrevista realizada, permiso para evaluación psicológica y el informe de los resultados. Estos expedientes permanecen bajo la custodia del/de la psicólogo(a) (a) clínico(a) y se mantienen en un archivo bajo llave. Solamente el/la psicólogo(a) de la organización tiene acceso a estos expedientes. En el caso de que el participante reciba servicios de terapia psicológica, todas las notas de progreso y documentos generados a través del proceso terapéutico permanecen en este mismo archivo. Estos servicios de seguimiento están sujetos a la disponibilidad de fondos.
Se garantiza la protección de la confidencialidad de la información clínica contenida en el expediente contra uso indebido, acceso no autorizado y alteración al mismo, según establecido en la Ley 408 del año 2000, según enmendada en la Ley 183 del año 2008. A tono con esta misma ley, el personal del área psicológica podrá divulgar al Comité Interdisciplinario, a alguno de sus miembros o a la Directora Ejecutiva únicamente aquella información necesaria para efectuar la supervisión requerida para el cumplimiento de los servicios de la organización. Se le garantiza el derecho a la confidencialidad a cada participante, excepto en aquellos casos en los que la Ley 408 exige la divulgación de la misma.
La institución pretende que cada servicio vaya dirigido al fortalecimiento familiar, toma de decisiones asertivas, crecimiento personal y cuido responsable de sus hijos(as). Como parte de los servicios, se ofrecen constantemente charlas educativas a los participantes sobre temas variados y de importancia tales como: relaciones de pareja, maternidad y paternidad responsable, maltrato de menores, sexualidad responsable y otros temas pertinentes a la etapa del desarrollo y circunstancias sociales de éstos. Estas orientaciones se realizan a través de intervenciones individuales y grupales, siempre ofrecidas por profesionales en cada área.
Este equipo psicosocial realiza visitas a los hogares y hospitales, intervenciones individuales y grupales, entrevistas a colaterales y coordinación de talleres, entre otros, para ofrecer toda la orientación y seguimiento necesario a cada familia. Conocer las necesidades psicológicas de los participantes permite diseñar un plan de mejoramiento individualizado (PMI) que atiende las necesidades identificadas, de manera que se aumente la probabilidad de éxito en las personas que se benefician de los servicios ofrecidos.
Parte de los servicios psicológicos son: evaluaciones psicológicas, intervenciones terapéuticas, manejo de crisis y provisión de herramientas de manejo al personal de la institución. El equipo psicosocial lleva a cabo reuniones semanales de discusión de casos donde se evalúa a cada uno de los participantes de la organización dentro de un marco biopsicosocial y donde se diseña un PMI a cada participante. Estos planes de trabajo son revisados continuamente con el propósito de atemperarlo a los cambios que surgen en las familias de padres adolescentes.
Una de las metas es lograr desarrollar familias saludables que no sean discriminadas por razón de pobreza, educación o poca edad. Los servicios psicosociales que se ofrecen en esta institución son de ayuda, apoderamiento, educación y trabajo en equipo para las familias participantes. La función es acompañar a la familia antes que tener que referir a agencias gubernamentales. Es una meta preventiva y no punitiva. Si luego de acompañarlos y trabajar mano a mano con las familias, las mismas no responden adecuadamente y se determina que existe peligro para alguno de los miembros, se está obligado por las leyes aplicables a referir a las autoridades pertinentes.
El programa educa y adiestra a las familias de padres adolescentes sobre la importancia de cumplir con la ley y el orden y en muchas ocasiones les provee recursos. La responsabilidad ante el Estado es única y absoluta del ciudadano. Por tal razón, se orienta sobre la importancia del uso del asiento protector utilizando como base la edad del niño y de no poseer licencia de conducir (ofrecemos las clases). Es responsabilidad de la familia cumplir con la ley.
Con este propósito, todos los participantes pasan por un proceso de evaluación psicológica durante su primera semana en la organización que requiere autorización del adulto responsable si no está emancipado el participante. Este proceso de evaluación es multidimensional y provee un perfil de la conducta adaptativa y mal adaptativa de la persona evaluada a través de sus pensamientos y sentimientos.
El/la psicólogo clínico proveerá un perfil escrito del participante con la información pertinente a otras áreas de servicio con el propósito de proveer un servicio personalizado que se ajuste a las necesidades de cada participante.
De los resultados de la evaluación tener alguna escala que indique la clasificación de riesgo o clínicamente significativa, se evalúa si dicha puntuación tendrá algún efecto adverso en la ejecución académica del participante. En caso de que esto ocurra, la persona podría: (1) ser referida al Programa Hope con una carga académica ajustada, según la recomendación del/de la psicólogo o (2) ser referida a servicios psicológicos. Usualmente las personas que son referidas al Programa Hope son aquellas cuyas puntuaciones en las escalas de las pruebas administradas indican problemas que puedan interferir con su labor académica. Estas personas serán referidas a la psicóloga, quien determinará si iniciarán un proceso terapéutico.
Cualquier participante, independientemente en el momento en el que sea evaluado, que obtenga una clasificación de riesgo o clínicamente significativa, puede ser referido a servicios de terapia psicológica individual o ser ubicado en el Programa Hope con una carga académica ajustada. El/la psicólogo llevará a cabo un proceso evaluativo no estructurado, a través de una entrevista con el participante y realizará el referido cuando así lo entienda necesario.
Todos los participantes evaluados tienen un expediente separado en el que permanece el protocolo de la prueba administrada, la entrevista realizada, permiso para evaluación psicológica y el informe de los resultados. Estos expedientes permanecen bajo la custodia del/de la psicólogo(a) (a) clínico(a) y se mantienen en un archivo bajo llave. Solamente el/la psicólogo(a) de la organización tiene acceso a estos expedientes. En el caso de que el participante reciba servicios de terapia psicológica, todas las notas de progreso y documentos generados a través del proceso terapéutico permanecen en este mismo archivo. Estos servicios de seguimiento están sujetos a la disponibilidad de fondos.
Se garantiza la protección de la confidencialidad de la información clínica contenida en el expediente contra uso indebido, acceso no autorizado y alteración al mismo, según establecido en la Ley 408 del año 2000, según enmendada en la Ley 183 del año 2008. A tono con esta misma ley, el personal del área psicológica podrá divulgar al Comité Interdisciplinario, a alguno de sus miembros o a la Directora Ejecutiva únicamente aquella información necesaria para efectuar la supervisión requerida para el cumplimiento de los servicios de la organización. Se le garantiza el derecho a la confidencialidad a cada participante, excepto en aquellos casos en los que la Ley 408 exige la divulgación de la misma.