Servicios Multi-Disciplinarios.
La organización trabaja con una población de alto riesgo por ser madres y padres adolescentes desertores escolares. Con el propósito de cubrir efectivamente las necesidades de estas familias en riesgo, la institución cuenta con un equipo de servicio de apoyo compuesto por profesionales internos y externos.
El equipo psicosocial está compuesto por trabajadores sociales con bachillerato y maestría (internos) y por doctores en psicología (externos).
Pretendemos que cada servicio vaya dirigido al fortalecimiento familiar, toma de decisiones asertivas, crecimiento personal y cuido responsable de sus hijos(as). Como parte de los servicios, se ofrecen constantemente charlas edu- cativas a los participantes sobre temas variados y de importancia tales como: relaciones de pareja, maternidad y paternidad responsable, maltrato de menores, sexualidad responsable y otros temas pertinentes a la etapa del desarrollo y cir- cunstancias sociales de éstos. Estas orientaciones se realizan a través de inter- venciones individuales y grupales, siempre ofrecidas por profesionales en cada área.
El equipo de trabajadores sociales realiza visitas a los hogares y hospitales, in- tervenciones individuales y grupales, entrevistas a colaterales y coordinación de talleres, entre otros, para ofrecer toda la orientación y seguimiento necesario a cada familia. Parte de los servicios psicológicos son: evaluaciones psicológicas, intervenciones terapéuticas, manejo de crisis y provisión de herramientas de manejo al personal de la institución.
Los trabajadores sociales llevan a cabo reuniones semanales de discusión de ca- sos donde se evalúa a cada uno de los participantes de la organización dentro de un marco bio-psicosocial y donde se diseña un Plan Individualizado al partici-
pante. Estos planes de trabajo son revisados continuamente con el propósito de atemperarlo a los cambios que surgen en las familias de padres adolescentes.
Una de las metas es lograr desarrollar familias saludables que no sean discrimi- nadas por razón de pobreza, educación o poca edad. Los servicios psicosociales que se ofrecen en esta institución son de ayuda, apoderamiento, educación y trabajo en equipo para las familias participantes. La función es acompañar a la familia antes que tener que referir a agencias gubernamentales. Es una meta preventiva y no punitiva.
Si luego de acompañarles y trabajar mano a mano con las familias, las mismas no responden adecuadamente y se determina que existe peligro para alguno de los miembros, se está obligado por ley a referir a las autoridades pertinentes.
El programa educa y adiestra a las familias de padres adolescentes sobre la im- portancia de cumplir con la ley y el orden y en muchas ocasiones les provee re- cursos. La responsabilidad ante el Estado es única y absoluta del ciudadano. Por tal razón, se orienta sobre la importancia del uso del asiento protector utili- zando como base la edad del niño y de no poseer licencia de conducir (ofrece- mos las clases). Es responsabilidad de la familia cumplir con la ley.
Se integran profesionales en diversas áreas con el propósito de garantizar la prestación de servicios de excelencia para beneficio de las familias servidas. Conocer las necesidades psicológicas de los participantes permite diseñar un plan individualizado que atiende las necesidades identificadas, de manera que se aumente la probabilidad de éxito en las personas que se benefician de los servi- cios ofrecidos.
Con este propósito, todos los participantes pasan por un proceso de evaluación psicológica durante sus primeras semanas en la organización que requieren autorización del adulto responsable si no está emancipado el participante. Este proceso de evaluación es multidimensional y provee un perfil de la conducta adaptativa y mal adaptativa de la persona evaluada a través de sus pensamientos y sentimientos. El/la psicólogo clínico proveerá un perfil escrito del participante con la información pertinente a otras áreas de servicio con el propósito de pro- veer un servicio personalizado que se ajuste a las necesidades de cada participante. De los resultados de la evaluación tener alguna escala que indique la clasificación de riesgo o clínicamente significativa, se evalúa si dicha puntuación tendrá algún efecto adverso en la ejecución académica del participante. En caso de que esto ocurra, la persona podría: (1) ser referida al Programa Hope con una carga académica ajustada, según la recomendación de algún profesional de la conducta humana, externo al programa.
Cualquier participante, independientemente en el momento en el que sea eva- luado, que obtenga una clasificación de riesgo o clínicamente significativa, puede ser referido a servicios de terapia psicológica individual o ser ubicado en
el Programa Hope con una carga académica ajustada. El/la psicólogo llevará a cabo un proceso evaluativo no estructurado, a través de una entrevista con el participante y realizará el referido cuando así lo entienda necesario.
Todos los participantes evaluados tienen un expediente separado en el que per- manece el protocolo de la prueba administrada, la entrevista realizada, permiso para evaluación psicológica y el informe de los resultados.
Estos expedientes permanecen bajo la custodia del o de la psicólogo/a clínico/a y se mantienen en un archivo bajo llave. Solamente el/la psicólogo de la organi- zación tiene acceso a estos expedientes. En el caso de que el participante reciba servicios de terapia psicológica, todas las notas de progreso y documentos gene- rados a través del proceso terapéutico permanecen en este mismo archivo. Estos servicios de seguimiento están sujetos a la disponibilidad de fondos.
Se garantiza la protección de la confidencialidad de la información clínica con- tenida en el expediente contra uso indebido, acceso no autorizado y alteración al mismo, según establecido en la Ley 408 del año 2000, según enmendada en la Ley 183 del año 2008. A tono con esta misma ley, el
personal del área psicológica podrá divulgar al Comité Interdisciplinario aquella información necesaria para efectuar la supervisión requerida para el cumpli- miento de los servicios de la organización y/o la protección del participante.
Se le garantiza el derecho a la confidencialidad a cada participante, excepto en aquellos casos en los que la Ley 408 exige la divulgación de la misma.
El equipo psicosocial está compuesto por trabajadores sociales con bachillerato y maestría (internos) y por doctores en psicología (externos).
Pretendemos que cada servicio vaya dirigido al fortalecimiento familiar, toma de decisiones asertivas, crecimiento personal y cuido responsable de sus hijos(as). Como parte de los servicios, se ofrecen constantemente charlas edu- cativas a los participantes sobre temas variados y de importancia tales como: relaciones de pareja, maternidad y paternidad responsable, maltrato de menores, sexualidad responsable y otros temas pertinentes a la etapa del desarrollo y cir- cunstancias sociales de éstos. Estas orientaciones se realizan a través de inter- venciones individuales y grupales, siempre ofrecidas por profesionales en cada área.
El equipo de trabajadores sociales realiza visitas a los hogares y hospitales, in- tervenciones individuales y grupales, entrevistas a colaterales y coordinación de talleres, entre otros, para ofrecer toda la orientación y seguimiento necesario a cada familia. Parte de los servicios psicológicos son: evaluaciones psicológicas, intervenciones terapéuticas, manejo de crisis y provisión de herramientas de manejo al personal de la institución.
Los trabajadores sociales llevan a cabo reuniones semanales de discusión de ca- sos donde se evalúa a cada uno de los participantes de la organización dentro de un marco bio-psicosocial y donde se diseña un Plan Individualizado al partici-
pante. Estos planes de trabajo son revisados continuamente con el propósito de atemperarlo a los cambios que surgen en las familias de padres adolescentes.
Una de las metas es lograr desarrollar familias saludables que no sean discrimi- nadas por razón de pobreza, educación o poca edad. Los servicios psicosociales que se ofrecen en esta institución son de ayuda, apoderamiento, educación y trabajo en equipo para las familias participantes. La función es acompañar a la familia antes que tener que referir a agencias gubernamentales. Es una meta preventiva y no punitiva.
Si luego de acompañarles y trabajar mano a mano con las familias, las mismas no responden adecuadamente y se determina que existe peligro para alguno de los miembros, se está obligado por ley a referir a las autoridades pertinentes.
El programa educa y adiestra a las familias de padres adolescentes sobre la im- portancia de cumplir con la ley y el orden y en muchas ocasiones les provee re- cursos. La responsabilidad ante el Estado es única y absoluta del ciudadano. Por tal razón, se orienta sobre la importancia del uso del asiento protector utili- zando como base la edad del niño y de no poseer licencia de conducir (ofrece- mos las clases). Es responsabilidad de la familia cumplir con la ley.
Se integran profesionales en diversas áreas con el propósito de garantizar la prestación de servicios de excelencia para beneficio de las familias servidas. Conocer las necesidades psicológicas de los participantes permite diseñar un plan individualizado que atiende las necesidades identificadas, de manera que se aumente la probabilidad de éxito en las personas que se benefician de los servi- cios ofrecidos.
Con este propósito, todos los participantes pasan por un proceso de evaluación psicológica durante sus primeras semanas en la organización que requieren autorización del adulto responsable si no está emancipado el participante. Este proceso de evaluación es multidimensional y provee un perfil de la conducta adaptativa y mal adaptativa de la persona evaluada a través de sus pensamientos y sentimientos. El/la psicólogo clínico proveerá un perfil escrito del participante con la información pertinente a otras áreas de servicio con el propósito de pro- veer un servicio personalizado que se ajuste a las necesidades de cada participante. De los resultados de la evaluación tener alguna escala que indique la clasificación de riesgo o clínicamente significativa, se evalúa si dicha puntuación tendrá algún efecto adverso en la ejecución académica del participante. En caso de que esto ocurra, la persona podría: (1) ser referida al Programa Hope con una carga académica ajustada, según la recomendación de algún profesional de la conducta humana, externo al programa.
Cualquier participante, independientemente en el momento en el que sea eva- luado, que obtenga una clasificación de riesgo o clínicamente significativa, puede ser referido a servicios de terapia psicológica individual o ser ubicado en
el Programa Hope con una carga académica ajustada. El/la psicólogo llevará a cabo un proceso evaluativo no estructurado, a través de una entrevista con el participante y realizará el referido cuando así lo entienda necesario.
Todos los participantes evaluados tienen un expediente separado en el que per- manece el protocolo de la prueba administrada, la entrevista realizada, permiso para evaluación psicológica y el informe de los resultados.
Estos expedientes permanecen bajo la custodia del o de la psicólogo/a clínico/a y se mantienen en un archivo bajo llave. Solamente el/la psicólogo de la organi- zación tiene acceso a estos expedientes. En el caso de que el participante reciba servicios de terapia psicológica, todas las notas de progreso y documentos gene- rados a través del proceso terapéutico permanecen en este mismo archivo. Estos servicios de seguimiento están sujetos a la disponibilidad de fondos.
Se garantiza la protección de la confidencialidad de la información clínica con- tenida en el expediente contra uso indebido, acceso no autorizado y alteración al mismo, según establecido en la Ley 408 del año 2000, según enmendada en la Ley 183 del año 2008. A tono con esta misma ley, el
personal del área psicológica podrá divulgar al Comité Interdisciplinario aquella información necesaria para efectuar la supervisión requerida para el cumpli- miento de los servicios de la organización y/o la protección del participante.
Se le garantiza el derecho a la confidencialidad a cada participante, excepto en aquellos casos en los que la Ley 408 exige la divulgación de la misma.